Desgraciadamente son muchas las empresas que han sufrido algún impago en sus facturas, sobre todo en estos últimos años de crisis. En estos casos es lógico que el empresario o profesional que expide la factura quiera recuperar, al menos, la parte del IVA correspondiente por el repercutido. Esto implicara, pues y con carácter general, la rectificación del impuesto que había sido repercutido. No obstante para poder hacerlo deben respetarse unas normas de ámbito contable, pero sobretodo de ámbito fiscal.
El pasado 27 de enero del 2016 el Tribunal Supremo dio la razón a quienes que invirtieron sus ahorros en acciones Bankia. La sentencia marca un antes y un después en estos casos y afecta directamente a los demás inversores al reconocer que el folleto informativo no reflejaba la realidad contable de la entidad y que por lo tanto los accionistas contrataron el producto engañados. Todavía en 2016 está a tiempo de reclamar…
El Tribunal Supremo con su sentencia del pasado 27 de enero de 2016 en relación al caso de las acciones de Bankia abre el campo para conseguir la devolución de cantidades a empresas y particulares.
La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha confirmado dos sentencias de las Audiencias Provinciales de Valencia y Oviedo que obligaba a Bankia a devolver a dos compradores de acciones de la entidad el dinero que invirtieron porque existían "graves inexactitudes" en el folleto de la oferta pública de títulos de la entidad, que se estrenó en Bolsa en julio de 2011.
La sentencia marca un antes y un después en estos casos y afecta directamente a los demás inversores al reconocer que el folleto informativo no reflejaba la realidad contable de la entidad y que por lo tanto los accionistas contrataron el producto engañados.
Esta resolución ha dado luz verde para que todos los accionistas que acudan a la vía judicial puedan recuperar su dinero.
Atención. El Tribunal Supremo fija criterios de gran utilidad para que empresas y particulares puedan iniciar acciones legales contra los abusos de la entidades bancarias en relación a los productos financieros colocados: acciones, preferentes, swaps, hipotecas, entre otros.
¿Qué plazo tiene para interponer la demanda de acciones Bankia?
El artículo 1301 del Código Civil establece un plazo de 4 años, para la reclamación de Bankia, mediante nulidad de un contrato. La jurisprudencia mayoritaria viene señalando que los cuatro años deben contarse a partir de la reformulación de las cuentas de Bankia, es decir a partir del 28 de mayo del 2012. Por lo tanto, los accionistas tienen tiempo para interponer su demanda hasta el 28 de mayo del 2016.
En el BOE del 33 de enero se ha publicado la Orden por la que se desarrollan las normas de cotización a la Seguridad Social, desempleo, protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y formación profesional, contenidas en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016.
Le recordamos que pueden solicitar ya los “cheques familiares” del IRPF 2016 dentro del plazo para aquellas personas que cumplan con los requisitos y condiciones de esta ayuda de 1.200 euros al año que se aplica desde el 1 de enero. Por la misma, se puede percibir de forma anticipada a razón de 100 euros mensuales. Eso sí, hay que tener en cuenta una serie de condiciones a cumplir para poder solicitarlo y en consecuencia luego presentar una documentación para poder obtenerlo. Padres separados, divorciados o solteros con hijos, pensionistas y parados, familias numerosas con hijos o padres con discapacidad y madres trabajadoras son algunos de los colectivos que pueden solicitarlo.
El plazo máximo para solicitarlo termina el 31 de marzo.