El pasado 1 de enero de 2016 ha entrado en vigor la Ley 35/2015 de reforma del sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación. Entre las novedades, destacan que se incrementan las indemnizaciones, serán las aseguradoras quienes se ocupen de los tratamientos de la víctima de un accidente de por vida y que si las amas de casa sufren un accidente, sus familiares recibirán una compensación equivalente al de una personas que recibe el salario mínimo interprofesional. Le recordamos que el perjudicado dispone, de varias alternativas para reclamar la indemnización que le corresponde por las lesiones producidas para lo cual cuenta con nuestro asesoramiento.
Si alguno de sus empleados tiene un hijo menor de 12 años, puede solicitar una reducción de su jornada diaria de entre un octavo y la mitad con la disminución proporcional de salario. Asimismo, gozan del mismo derecho quienes tengan a su cuidado a un discapacitado o a un familiar hasta el segundo grado que, por su edad o por culpa de un accidente o enfermedad, no pueda valerse por sí mismo, y siempre que en ambos casos la persona cuidada no trabaje. La reducción hay que pedirla por escrito con una antelación mínima de 15 días, y se tiene que preavisar el final de la misma también con 15 días, aunque también por Convenio pueden establecerse otros plazos.
Las sociedades civiles que el 1 de julio no hayan presentado un modelo de declaración censal como entidades con objeto mercantil o no -Modelo 036- serán objeto de un procedimiento de comprobación sobre su estructura societaria. La Dirección General de Recaudación de la Agencia Tributaria ha publicado nuevas Instrucciones en la que avanza que las sociedades civiles profesionales constituidas al amparo de la Ley 2/2007 que no se ajusten a las nuevas exigencias presentarán un Modelo 036 modificando los datos identificativos y haciendo constar en su forma jurídica, que es una sociedad civil profesional. En el caso de las sociedades ya constituidas, Hacienda reasignará el colectivo de sociedades civiles con las que tengan objeto mercantil, las que no lo tengan y las profesionales, y se emitirá una carta informativa en la que se informará de la modificación normativa, de las actividades que la Dirección General de Tributos (DGT) se consideran que constituyen objeto mercantil.
El panorama de la Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD) en España ha sufrido un importante cambio a raíz de la sentencia que hizo pública el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) el pasado 6 de octubre y que implica que las transferencias desde la Unión Europea a EEUU no pueden seguir realizándose bajo la base legal de la Decisión de Puerto Seguro (Safe Harbour), lo que dificulta mucho la manera de trabajar con empresas que almacenen datos de ciudadanos europeos en servidores de Estados Unidos, como por ejemplo, Dropbox, Mailchimp, Google Apps, Facebook o Twitter entre otras.