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Desde el 1 de abril de 2015, la reforma fiscal de la Ley del IVA ha introducido nuevos supuestos a los que se aplicará la regla de inversión del sujeto pasivo. En concreto a las entregas de plata, platino y paladio, en bruto, en polvo o semilabrado.  Asimismo, en las entregas de teléfonos móviles, consolas de videojuegos, ordenadores portátiles y tabletas digitales realizadas a reveedores o a sujetos pasivos distintos cuando el importe total de tales entregas en este último caso, a un mismo destinatario, exceda de 10.000 euros, documentada en una misma factura.

 

comunidades

 

Como las comunidades de propietarios carecen de personalidad jurídica propia, la Dirección General de Tributos (DGT), tras la reforma de la Ley de Tasas, rectifica su criterio anterior y entiende procede la exención en la tasa de los propietarios personas físicas en tanto actúen a través de la junta directiva de la comunidad y, en particular, de su presidente.

FormaciónLa reforma supondrá cambios importantes en la manera de organizar la formación para las personas trabajadoras ocupadas y en situación de desempleo. En relación con la formación para desempleados, se pondrá en marcha el "cheque-formación" para que pueda ser el desempleado quien elija la entidad de la que recibe formación. Durante el año 2015 se podrá seguir impartiendo la formación continua mediante la modalidad a distancia. Será a partir de enero de 2016 cuando las modalidades permitidas serán presencial, “teleformación” o mixta (combinación de ambas).

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Dentro de ciertos límites, los trabajadores autónomos pueden decidir la cuantía por la que cotizan. Si piensa cambiar su cotización tiene hasta el próximo 1 de mayo de 2015 (con efectos 1 de julio) para hacerlo.