La agrupación de asesorías iusTime y Quantyca han firmado la renovación del acuerdo de colaboración que tiene por objeto facilitar el acceso de los asesores a los productos y servicios de esta firma tecnológica.
La evolución del mercado, los nuevos modelos de relación entre el cliente y el asesor, las inquietudes tecnológicas y principalmente la competitividad orientada al ahorro de tiempo, están siendo los factores principales en la toma de decisiones estratégicas por parte de iusTime para integrar este tipo de soluciones a los despachos de la red.
El acuerdo alcanzado les permitirá disponer de las herramientas de gestión documental, contabilización automática y bancos, que opera la empresa Quantyca.
Con la renovación, iusTime refuerza su posicionamiento como una red de despachos profesionales líder en innovación, pudiendo aportar a sus clientes un mejor servicio, más rápido, cómodo y funcional.
http://www.quantyca.com/
Desde el 11 de octubre de 2016, cuando las entidades decidan cancelar o reducir el flujo de financiación a sus clientes pymes y autónomos, además de informarles con un preaviso de tres meses, les tendrán que hacer entrega de una extensa información sobre su situación financiera e historial de pagos en un documento llamado “Información Financiera-PYME”. En dicho documento el banco debe mostrar el historial de pagos de los últimos cinco años (créditos históricos y vigentes, importes pendientes de amortización, impagos...), así como un extracto de los movimientos realizados el último año. También debe calificar el riesgo de la empresa (bajo, medio-bajo, alto...) teniendo en cuenta sus estados financieros, su historial de pagos.
La Instrucción 3/2016 de la Inspección de Trabajo, sobre intensificación del control en materia de tiempo de trabajo y de horas extraordinarias, establece que el registro de la jornada deberá ser diario e incluir el horario concreto de entrada y salida respecto de cada trabajador. La comprobación de la existencia del registro deberá poder realizarse en el centro de trabajo, para evitar su manipulación posterior. Se incide en los sectores en los que se ha constatado un mayor volumen de realización de horas extras o una previsible mayor existencia de la realización de las mismas sin abonar: Banca, Industria manufacturera, Comercio al por menor y al por mayor, Reparación de vehículos de motor y motocicletas, Actividades sanitarias y de servicios sociales.
En el BOE del día 8 de octubre de 2016 se ha publicado la relación de Fiestas Laborales para el año 2017. Con ello, se facilita el conocimiento en todo el territorio nacional del conjunto de las fiestas laborales.