Gracias a la figura del Emprendedor de Responsabilidad Limitada, el empresario o profesional individual no tendrá que responder con su patrimonio personal por las deudas generadas en su actividad. Sin embargo, existen una serie de restricciones y condiciones que debe conocer…
Las tasas afectadas son las exigidas a las personas jurídicas, de modo que las empresas y demás personas jurídicas podrán ejercitar sus acciones legales y acudir a la Justicia sin tener que abonar las tasas de acceso a la Justicia como hasta la fecha, eliminándose un importante obstáculo que limitaba la defensa jurídica de las empresas pues en muchos casos el hecho de tener que afrontar el pago de la tasa desanimaba a las empresas a defender sus derechos frente a terceros. Hay que recordar que en su día ya se eximió del pago de las tasas a las personas físicas. La sentencia del TC no ordena la devolución de las cantidades pagadas.
La Inspección ha endurecido los controles y está incrementando la revisión de aquellos aspectos que tengan que ver con la actividad de la empresa, sus empleados y el horario de funcionamiento, con especial atención a los registros de jornada y cuadrantes de trabajo de trabajadores a tiempo parcial. Si el incumplimiento se debiera a cuestiones formales o documentales se contempla una multa de entre 60 y 625 euros, pudiendo pueden ser de hasta 6.250 euros en caso de incumplimiento en materia de jornada.
Recuerde que si usted es administrador de una sociedad inactiva y deja de presentar sus declaraciones, Hacienda podría imponerle sanciones. Y si no tiene dinero para pagar, Hacienda podría iniciar un procedimiento de derivación de responsabilidad y exigírselas a usted como administrador.