Dentro de ciertos límites, los trabajadores autónomos pueden decidir la cuantía por la que cotizan. Si piensa cambiar su cotización tiene hasta el próximo 30 de abril de 2017 inclusive (con efectos 1 de julio) para hacerlo. Además, si durante el año 2016 ha estado cotizando simultáneamente en el Régimen General de la Seguridad Social y en el Régimen de Autónomos (RETA), es posible que tenga derecho a que le devuelvan una parte de las cotizaciones efectuadas. Tiene de plazo hasta el próximo 30 de abril para solicitar la devolución.
Recuerde que circunstancias como que la sociedad permanezca inactiva o que, teniendo actividad, no se hayan producido rentas sometidas a tributación, no eximen al contribuyente de la obligación de presentar la declaración del Impuesto sobre Sociedades. Tenga presente que desde el 2016 las sociedades civiles con personalidad jurídica y objeto mercantil están obligadas a presentar el Impuesto sobre Sociedades, incluso aunque estén inactivas.
La disolución de una sociedad o empresa es una situación compleja, que se debe analizar y estudiar con cuidado y saber que existen unas causas que permiten que la sociedad se pueda disolver. No puede abordarse de cualquier forma sino que ha de acontecer una causa legítima para su disolución, un acuerdo de la Junta General o una resolución judicial.
El Fondo de Garantía Salarial (FOGASA) garantiza a los trabajadores la percepción de salarios, así como las indemnizaciones por despido o extinción de la relación laboral, pendientes de pago a causa de insolvencia o procedimiento concursal del empresario