VISITAS A ESTABLECIMIENTOS CON VENTA AL PÚBLICO, GRANDES FORTUNAS Y MULTINACIONALES, ENTRE LAS PRINCIPALES LÍNEAS DE ACTUACIÓN DEL PLAN DE CONTROL TRIBUTARIO 2017

06 Febrero 2017


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Entre las principales líneas de actuación, para el año 2017 se van a reforzar las visitas a establecimientos con venta al público para luchar contra el fraude en el IVA, y se impulsará el seguimiento, control y análisis de los grandes patrimonios, además de la elusión fiscal de las multinacionales. Otro punto del Plan de Control, abarca el fraude en la economía digital, donde la AEAT prestará atención a las operaciones asociadas a transacciones de comercio electrónico y análisis de nuevos medios de pago como las criptomonedas, plataformas mediadoras de pago o pagos desde dispositivos móviles.

 Como cada año, en el BOE del 23-01-2017 se ha publicado la Resolución de 19 de enero de 2017, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se aprueban las directrices generales del Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2017, que fija cinco líneas de actuaciones para atajar el fraude fiscal y mejorar la recaudación: control de grandes fortunas, fraude en el IVA, elusión fiscal de multinacionales, economía digital y prevención y control del fraude en la fase recaudatoria

A continuación vamos a exponer un breve resumen de las principales medidas y actuaciones que se van a acometer en este ejercicio 2017 por parte de Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).

Control de grandes fortunas

Ø  Desarrollo de nuevas herramientas informáticas creadas expresamente para mejorar el conocimiento y la selección de riesgos. Entre otros:

ü  Estudio de alteraciones patrimoniales o trasvases de rentas que, utilizando técnicas agresivas de planificación fiscal, difieran o limiten la tributación efectiva de los bienes que integran el patrimonio controlado por la persona física.

ü  Utilización de entidades interpuestas para encauzar retribuciones personales con una reducción significativa de los niveles de tributación.

ü  Manifestaciones de capacidad económica inconsistente con las bases imponibles declaradas en el IRPF.

ü  Disponibilidad de activos en el exterior y tributación de los mismos.

Ø  Consolidación del intercambio automático de información con Estados Unidos de América (FATCA) e implantación del intercambio de cuentas financieras a través del Estándar Común de Información (CRS).

Ø  Explotación de la información patrimonial relacionada con la actividad en el extranjero obtenida, fundamentalmente, de los modelos 720 “Declaración informativa sobre bienes y derechos situados en el extranjero” y 750 “Declaración tributaria especial”.

Ø  Comprobación de obligados tributarios que materialmente residan en España, pero cuya residencia declarada se encuentre en un territorio de baja tributación o en ningún territorio.

Fraude en el IVA: lucha contra la economía sumergida

Ø  Detección de prácticas que supongan la entrega de bienes o la prestación de servicios sin la adecuada repercusión del IVA, con especial atención a las actividades económicas realizadas con consumidores finales y/o sobre las que existan datos de utilización de software de doble uso. 

Ø  Actuaciones presenciales de diversa intensidad (actuaciones de personación, requerimientos, visitas censales) desde una perspectiva integral.  Se intensificarán las personaciones en las sedes donde se realiza la actividad económica de los obligados tributarios, al objeto de acreditar y regularizar situaciones de infradeclaración de ingresos. En particular, la Agencia Tributaria incidirá en 2017 en actuaciones sobre sectores en los que se aprecie mayores niveles de riesgo de incumplimiento en el IVA, potenciando la presencia de la Administración tributaria en relación con actividades caracterizadas por la venta al consumidor final.

Ø  Refuerzo de actuaciones respecto de sectores y modelos de negocio en los que no se aprecien cambios en sus comportamientos tributarios como consecuencia de la realización de anteriores comprobaciones.

Ø  Se potenciará el análisis de la capacidad adquisitiva real de los contribuyentes, combinando el contraste de la información declarada sobre bienes y derechos con información sobre gestión de cuentas corrientes e inconsistencias con su titularidad formal, beneficiarios de tarjetas de crédito emitidas tanto en España como en el extranjero y uso de efectivo, a la vez que se mantienen las actuaciones para verificar el cumplimiento de la limitación de pagos en efectivo.

Ø  Al mismo tiempo, la Agencia reforzará el análisis del software comercial que posibilita la ocultación de ventas, en el marco de la estrategia que viene manteniendo de desarrollo de actuaciones selectivas coordinadas a nivel nacional para combatir el fraude vinculado a la utilización de este software.

Elusión fiscal de multinacionales

Ø  En el ámbito de la fiscalidad internacional, a lo largo de 2017 la Agencia Tributaria trabajará en el desarrollo de modelos de análisis de riesgo que permitan anticipar y optimizar el uso de la información que se comenzará a recibir este año sobre ‘tax rulings’ y en 2018 sobre los informes ‘País por País’, para lo que resultará especialmente relevante la experiencia acumulada por la Oficina Nacional de Fiscalidad Internacional desde su creación en 2013. Todo ello supondrá un notable incremento de la información disponible por la AEAT respecto de la tributación de las multinacionales que operan en territorio español.

Ø  Durante 2017, la Agencia centrará su actuación en la corrección de prácticas elusivas de las multinacionales de acuerdo con las áreas de riesgo BEPS (Erosión de Bases y Traslado de Beneficios) de la OCDE. En particular, se analizarán las estructuras de planificación fiscal agresiva, estructuras híbridas (con distinto tratamiento fiscal en España y en un país tercero), generación artificial de gastos financieros, utilización abusiva de las políticas de precios de transferencia (intragrupo), atribución de beneficios a establecimientos permanentes en España de entidades no residentes y tributación de operaciones realizadas con residentes en paraísos fiscales.

Ø  Adicionalmente, se prestará especial atención al control de entidades que operan internacionalmente en el ámbito de la economía digital, en relación con la posible existencia de acciones tendentes a excluir a nuestra jurisdicción del pago de los impuestos directos debidos.

Economía digital

Ø  Junto con las actuaciones que ya se vienen efectuando de explotación de información disponible en internet y de control de fabricantes y prestadores de servicios online, se potenciará la colaboración con las Administraciones tributarias de otros países para la comprobación de los beneficios obtenidos por los agentes económicos que utilizan internet como medio para publicitar bienes y servicios, dado que los principales afiliadores de publicidad son grandes empresas transnacionales con sede fuera de nuestras fronteras.

Ø  Además, se prestará especial atención al control de las operaciones de importación asociadas a transacciones de comercio electrónico y al análisis de los nuevos medios de pago que cada vez con mayor fuerza se están implantando –criptomonedas, plataformas mediadoras de pago, pagos desde dispositivos móviles etc.–, ya que pueden facilitar la opacidad de las operaciones.

Ø  Por otra parte, el área de Inspección realizará actuaciones inmediatas de verificación de la información aportada por las empresas en el marco de la Propuesta para el reforzamiento de las buenas prácticas de transparencia fiscal empresarial de las empresas adheridas al Código de Buenas Prácticas Tributarias, acordada en diciembre pasado. Las actuaciones estarán especialmente dirigidas a garantizar que las decisiones estratégicas de las multinacionales no resulten contrarias al espíritu y finalidad del proyecto BEPS. De este modo, las posibilidades de control se aproximan en el tiempo a la realización de las operaciones o la presentación de la declaración.

Ø  A todo lo anterior se sumarán otros controles que tradicionalmente se vienen considerando prioritarios por la AEAT, vinculados a riesgos fiscales tales como la división artificial de actividad y ocultación de titularidades bajo figuras societarias sin actividad económica real; los signos externos de riqueza analizados mediante acciones combinadas de las áreas de Inspección y Vigilancia Aduanera; la utilización de testaferros y empresas fantasma, o el control de las tramas de fraude en el IVA, en las importaciones de productos de Asia y en el sector de los hidrocarburos.

Ø  En el área del control aduanero se insistirá en ámbitos como la lucha contra la fabricación clandestina de cigarrillos, el desvío ilegal de hoja de tabaco con destino a consumidores finales y el control de los envíos entre particulares efectuados por vía postal o a través de empresas de mensajería. En materia de blanqueo de capitales, se impulsará el desarrollo de herramientas que faciliten la investigación sobre grandes organizaciones criminales.

Prevención y control del fraude en fase recaudatoria

Ø  En el Área de Recaudación, y al objeto de anticipar la reacción ante el fraude en los casos de riesgo de cobro, se insistirá en la realización de medidas cautelares, derivaciones de responsabilidad e investigaciones patrimoniales que pongan de manifiesto insolvencias ficticias o conductas tendentes a eludir el pago de las deudas mediante la ocultación patrimonial, o que pudieran constituir, incluso, posibles insolvencias punibles.

Ø  Entre otras medidas, será prioritario el seguimiento continuado de deudores con elevados importes adeudados, mediante una exhaustiva y permanente investigación patrimonial, así como un control sistemático de sus deudas pendientes con la finalidad de estar en plena disposición para efectuar el cobro de las mismas.

Ø  También se hará un seguimiento de insolvencias aparentes, impulsando las acciones penales que, en su caso, correspondan, y se procederá a la revisión de la situación de deudores previamente declarados fallidos, comprobando si su situación patrimonial permite la realización del cobro previamente frustrado por insolvencia.

Ø  Igualmente, se intensificarán las actuaciones de control en materia concursal para impedir conductas defraudatorias tendentes a eludir el pago de las deudas tributarias y se reforzarán las actuaciones para el cobro de deudas vinculadas a delito contra la Hacienda Pública y contrabando.

Ø  De la misma forma, se realizará un control permanente para seguir reduciendo la deuda pendiente, en particular la deuda en fase de embargo.

 

Le informamos que desde hace un tiempo Gerencia Regional o Territorial del Catastro está llevando a cabo una campaña de investigación cuyo objetivo es “aflorar” obras no declaradas y así aumentar el valor catastral de los inmuebles afectados. Estas actuaciones las suelen hacer mediante un rastreo desde el aire (fotografías satélites) o realizando labores de campo recabando datos a pie de calle, buscando las irregularidades inmobiliarias no declaradas, comprobando si lo que aparece en la Gerencia Regional del Catastro se corresponde con la realidad del inmueble, y procediendo a comprobar dichos inmuebles para contrastarlas con los datos obrantes en la oficina del Catastro.

La Administración ha detectado que hay múltiples construcciones y edificaciones que no está regularizadas, que se han efectuado pero no se han comunicado al Catastro y por tanto su superficie y la que figura en dicho organismo no coincide.  Se busca detectar sobre todo omisiones de construcciones, reformas, rehabilitaciones y cambios de uso en los inmuebles, y realizar fotografías de todas las parcelas con construcción con el fin de detectar omisiones, y en especial la regularización de piscinas.

¿Qué efectos tienen para los contribuyentes estas regularizaciones?

El procedimiento de regularización tiene el objetivo de dar de alta en el Catastro cualquier alteración que se haya realizado en el inmueble y que no hay sido declarada al mismo. No hay que olvidar, que cada vez que se realiza una obra o cambiamos el uso de un inmueble los contribuyentes titulares deber comunicárselo a Catastro. El procedimiento se inicia de oficio por la Administración, y la regularización que por cada dato inexacto o incompleto detecta la Administración tiene como consecuencia:

·         La exigencia al contribuyente de abonar una tasa de 60 euros.

·         Y se notifica el aumenta del valor catastral del inmueble y por tanto se paga más IBI. Además, muchos impuestos se calculan a partir del valor catastral (plusvalía municipal, imputación de rentas inmobiliarias en el IRPF, Sucesiones y Donaciones, Actos Jurídicos Documentado, etc.), por lo que si éste aumenta, aumentará su tributación.

El Catastro automáticamente envía una notificación al contribuyente y a la vez al Ayuntamiento para que proceda a rectificar las liquidaciones del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) de los últimos cuatro ejercicios no prescritos.

Atención. Cuando los técnicos de la administración detectan alteraciones en los inmuebles, realizan una valoración, y después el Catastro envía al titular del inmueble una “propuesta de resolución con acuerdo de alteración” donde se señala la metodología empleada en la valoración así como el nuevo valor resultante.

¿Se pueden recurrir estas propuestas catastrales?

Sí, ya que en muchos casos el Catastro atribuye edificaciones dónde no las hay, los metros son aproximados y no coinciden con los reales o bien atribuye construcciones tales como piscinas, cenadores, casetas, garajes a bienes que no están anclados al suelo y que no constituyen un elemento indivisible del inmueble. Por ejemplo, Por ejemplo: es frecuente que una piscina o una pérgola desmontables se confundan con obras que aumentan la superficie construida, generando una notificación. En estos casos las alegaciones estarán justificadas y serán aceptadas.

Por tanto, es importante que verifique que el nuevo valor asignado es correcto y que no le imputan obras no realizadas y, en su caso, presente alegaciones antes de que transcurran 15 días hábiles desde la notificación.

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